Los balnearios de Playa Grande han sido un tema principal de la agenda del Intendente Pulti y su Partido, desde los inicios de su gestión. Tal es así que uno de los primeros conflictos se generó en el intento de convocar rápidamente a licitación, obviando las cláusulas de prórroga de los contratos preexistentes.
Y cuando se analiza el proceso que comienza con los pliegos de Bases y Condiciones, continúa con la evaluación de ofertas y culmina (o no) con la adjudicación de las unidades fiscales a los oferentes ganadores, se detectan situaciones al menos curiosas.
Una podría ser la eliminación como causal de inhabilidad para participar de la licitación, a quienes se encuentren inhibidos, en tanto se mantiene, razonablemente, la causal para quienes sean deudores morosos impositivos o previsionalmente. Obviamente la primer situación es bastante más gravosa para cualquier oferente, ya que le impide disponer de sus bienes.
Otra podría ser el cambio en la metodología de apertura de sobres, sin esperar a validar el primero de ellos (reunir los requisitos para ser oferta válida) antes de abrir el segundo (que contiene la oferta en sí).
En las unidades que aún están en etapa de evaluación, hubo un intento de poner en duda la reconocida idoneidad y el profesionalismo de la Comisión Evaluadora, cuando solicita información de los entes de contralor para clarificar personería y situación fiscal de una de las empresas oferentes. Información de la que surgió que hubo, al menos, una empresa con dos números de CUIT.
Un párrafo especial merece la propuesta mediática realizada por el Presidente del HCD, Arq. Artime, al momento de elevarse al Cuerpo las ofertas únicas, quien manifestó que en ese caso se debería volver a llamar a licitación, ya que “esto aseguraría que otros oferentes, que en su momento no tuvieron confianza en la licitación o no pensaban en un proceso tan transparente, pudieran mejorar el nivel de inversión”. O sea, en un solo párrafo, contradijo al Intendente quien entendía que dichas ofertas eran válidas y convenientes, puso en dudo la transparencia del llamado y generó un grado de incertidumbre al proponer que una unidad fiscal pueda ser licitada varias veces.
Por eso hablo de la forma y al fondo, ya que en los actos públicos, donde se administran bienes de toda la comunidad, los cumplimientos formales son esenciales. Esto hace a la seguridad jurídica y a la igualdad de trato para todos los oferentes, o sea, al fondo de la cuestión.