La Agencia de Recaudación Municipal (ARM), está “recordando” a los contribuyentes monotributistas de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, que el sábado 15 vence la misma y que hay un nuevo y sencillo procedimiento para liquidarla.
Sería bueno dar algunas precisiones al respecto.
* En primer lugar, cabe analizar la evolución del costo de la tasa para una de las categorías más bajas, cuya única evolución en ventas, ha sido por causa de la inflación:
Bimestre 06/2007: $ 45,00
“ 02/2008: $ 60,00
“ 06/2008: $ 72,00 (y retroactivos)
“ 06/2009: $ 86,00
Retroactivo a abonar el 14 de junio. $79,80
Bimestre 02/2010: $ 170 + 10% FPT= $187,00, salvo que el local tenga menos de 20 m2, en cuyo caso abonaría $ 110,00.
* Luego, explicitar el claro objetivo de la gestión municipal, de eliminar el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, retornando al sistema de liquidación sobre ventas, con el agregado de que deben vincularlo a la página de AFIP, por Internet, etc. O sea, de simplificado, nada.
La realidad es que esta modificación tiene como única finalidad la de aumentar la presión tributaria y la recaudación, en este caso haciendo recaer su peso sobre los sectores más débiles de la actividad económica y sin que esto se traduzca en mejores servicios, ni en mayor combate contra las actividades clandestinas o ilegales que nada tributan y que generan una fuerte competencia desleal al comercio legalmente establecido.
Sería bueno dar algunas precisiones al respecto.
* En primer lugar, cabe analizar la evolución del costo de la tasa para una de las categorías más bajas, cuya única evolución en ventas, ha sido por causa de la inflación:
Bimestre 06/2007: $ 45,00
“ 02/2008: $ 60,00
“ 06/2008: $ 72,00 (y retroactivos)
“ 06/2009: $ 86,00
Retroactivo a abonar el 14 de junio. $79,80
Bimestre 02/2010: $ 170 + 10% FPT= $187,00, salvo que el local tenga menos de 20 m2, en cuyo caso abonaría $ 110,00.
* Luego, explicitar el claro objetivo de la gestión municipal, de eliminar el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, retornando al sistema de liquidación sobre ventas, con el agregado de que deben vincularlo a la página de AFIP, por Internet, etc. O sea, de simplificado, nada.
La realidad es que esta modificación tiene como única finalidad la de aumentar la presión tributaria y la recaudación, en este caso haciendo recaer su peso sobre los sectores más débiles de la actividad económica y sin que esto se traduzca en mejores servicios, ni en mayor combate contra las actividades clandestinas o ilegales que nada tributan y que generan una fuerte competencia desleal al comercio legalmente establecido.